Funciones
La Defensoría Universitaria, por analogía con la defensoría del pueblo, tiene las siguientes funciones:

 

  1. Defensa de los derechos fundamentales de la persona y de la comunidad universitaria.
  2. Recibir y tramitar las quejas que le son presentadas y proponer las soluciones correspondientes ante los órganos de gobierno universitario.
  3. Promover iniciativas de mediación y conciliación e interponer buenos oficios en los asuntos de su competencia.
  4. Las otras funciones establecidas en los Reglamentos y Normas especiales, dentro del ámbito de su competencia.

 

 

Competencia

 

Las competencias están establecidas en la Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento de la Universidad. Su principal competencia es: "Conocer denuncias y reclamaciones que formulen los miembros de la Comunidad Universitaria vinculadas con la infracción de los derechos individuales".

 

 

Consultas

 

La oficina dispone de un servicio de información para atender a todos los miembros de la comunidad universitaria que deseen realizar una consulta sobre situaciones donde esté en riesgo el respeto a los derechos y libertades.

 

 

Visión

 

Los peruanos acceden a una educación que les permite desarrollar su potencial desde la primera infancia y convertirse en ciudadanos que valoran su cultura, conocen sus derechos y responsabilidades, desarrollan sus talentos y participan de manera innovadora, competitiva y comprometida en las dinámicas sociales, contribuyendo al desarrollo de sus comunidades y del país en su conjunto.

 

 

Acción Defensorial

 

La Ley Universitaria N° 30220, del 9 de julio del 2014, en su artículo 133 legisla sobre la defensoría universitaria, cuyo texto dice: "La Defensoría Universitaria es la instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable".

La tarea fundamental del defensor universitario es ejercer funciones a favor de los derechos de las personas.